Sede vacante es el período y las circunstancias especiales que se dan cuando una
diócesis o iglesia particular queda sin
obispo o pastor. Para evitar un vacío absoluto de poder, estas circunstancias están previstas detalladamente en los cánones 416-430 del
Código de derecho canónico. La expresión proviene del
latín y significa que el sitio está vacío, refiriéndose a la
cátedra de una iglesia en particular.